Reglamento del Régimen y Funcionamiento del Cementerio Municipal del Ayuntamiento de Oñati
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el fin de garantizar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de ordenanza, se sustanciará consulta pública a través del portal web de la Administración competente.
En dicha consulta se recabará la opinión de los sujetos potencialmente afectados y de las organizaciones más representativas del futuro sobre:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Plazo para realizar aportaciones:
Hasta el 25/3/2026
Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
En la actualidad el Ayuntamiento de Oñati cuenta con un Reglamento publicada a fecha 15 de junio de 1994. El reglamento requiere en la actualidad una reforma y actualización, ya que se pretende introducir cambios para delimitar los plazos concesionales e introducir mejoras en los derechos funerarios.
Las modificaciones más significativas que se pretenden introducir en el Reglamento son, entre otras:
- Limitación de plazos concesionales.
- Determinación y definición de los tipos de sepulturas.
- Posibilitar la transmisión de los titulares de los derechos funerarios en determinadas condiciones.
- Determinar la fecha de referencia de las sepulturas cuyo plazo de concesión no esté determinado.
- En general, adaptar el Reglamento a las exigencias legales.
La necesidad y oportunidad de su aprobación.
La reforma del Reglamento Municipal del Cementerio es necesaria para adecuarlo a la realidad actual y dar respuesta a las necesidades de la ciudadanía.
Desde la aprobación del Reglamento de 1994 se han producido importantes modificaciones legislativas que hacen necesaria la actualización del Reglamento actual. Así, se garantizará la coherencia con la legislación vigente en la materia y se mejorará la gestión del servicio.
Los objetivos de la norma.
El objetivo principal es innovar la normativa vigente en una adecuada gestión del dominio público y sobre la base del principio de seguridad jurídica.
Los objetivos más importantes serán:
- Limitación de plazos concesionales. El nuevo Reglamento establecerá límites temporales de acuerdo con lo establecido en la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. De esta manera se conseguirá una gestión más racional y sostenible.
- Se regularán las transmisiones de derechos funerarios. Se establecerá una regulación clara y precisa de las transmisiones "inter vivos" y "mortis causa" de las concesiones, especificando las condiciones a cumplir en cada caso.
- Fijar la fecha de referencia de las fosas cuyo plazo de concesión no se haya determinado. La normativa utilizará un criterio objetivo a la hora de calcular el plazo concesional, permitiendo regularizar y adaptar dichas concesiones al nuevo régimen jurídico.
- Reforzar la seguridad jurídica. El nuevo texto normativo clarifica los procedimientos, derechos y obligaciones de los titulares.
Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Las ordenanzas y reglamentos locales son manifestaciones de la potestad normativa o reglamentaria de las entidades locales. Se trata, por tanto, de la única opción normativa del Ayuntamiento en el desarrollo normativo de la materia de referencia, sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones que puedan regularse en las bases.
Propuesta
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el fin de abrir un plazo de consulta pública en la página web municipal, publicar el documento inicial.
Documentos
Decreto de Alcaldía, nº 354